LA LEY 2323 DE 2023, ¿UNA OPORTUNIDAD PARA EL PCCC?
Autor: Jorge Enrique Osorio Velásquez
- junio 7, 2024
A casi 14 años de inscribirse el Paisaje Cultural Cafetero de Colombia PCCC en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO, la conservación de los atributos en que se expresa su valor universal excepcional no es alentador, resultado de la incidencia de múltiples factores.
Se observa el desconocimiento de gran parte de la población sobre qué es y qué significa este bien cultural, lo que incide en que no se haya dimensionado la importancia de conservarlo. También se evidencia el deterioro de la base productiva representada en la caficultura, consecuencia de un precio que no compensa los costos de producción, lo que ha ocasionado pérdida de área cultivada y su sustitución por cultivos como aguacate Hass y la ganadería, con efectos como degradación de suelos, pérdida de cobertura vegetal en áreas protegidas y afectación de cuencas hídricas; además el bajo ingreso del caficultor ha aumentado su vulnerabilidad frente al fenómeno migratorio campo ciudad y la desaparición del minifundio, con su importante función histórica y social en los paisajes cafeteros.
Se suma la voracidad de la suburbanización, que ha dado cuenta de las mejores tierras cafeteras y un turismo depredador que, no ha garantizado la sostenibilidad del recurso patrimonial del PCCC, del cual se ha aprovechado con el riesgo inminente de agotarlo. Contribuye la desarticulación de las acciones emprendidas
desde diferentes sectores, que no ha permitido impactar su conservación, resaltando además la inacción institucional, al no definir políticas públicas, instrumentos de gestión, mecanismos de monitoreo y control, así como inversiones, que contrarresten los fenómenos que afectan la permanencia del bien cultural.
El PCCC cuenta con un Plan de Manejo, sin embargo, no se han adelantado acciones que en su contexto son estratégicas para enfrentar sus principales problemáticas, las cuales se hubieran podido desarrollar si el CONPES 3803 de 2014, durante su vigencia, hubiese contado con recursos para impulsarlas; tampoco se han ejecutado los proyectos priorizados en 2019 por la Comisión Técnica Intersectorial.
Como un hecho positivo para este panorama, se promulga la Ley 2323 de 2023, que en su artículo 2 establece que los 4 departamentos y los 51 municipios del PCCC deberán instituir “políticas y disposiciones para preservar los atributos reconocidos por la UNESCO”; igualmente en su artículo 3 deja explícita la obligatoriedad de integrar en sus Planes de Desarrollo las políticas y disposiciones adoptadas por la Comisión Técnica Intersectorial y aquellas que expida el gobierno nacional.
Se espera finalmente que, en los Planes de Desarrollo se le dé al PCCC el relieve que no ha tenido durante estos 14 años, y que requiere de manera urgente frente a la actual coyuntura.
* Docente Universidad Católica de Pereira